Más de 650 padres y madres ceutíes disfrutaron de la prestación por nacimiento y cuidado de menor en 2025
La Seguridad Social tramitó en 2025 en toda España 524.714 prestaciones por nacimiento y cuidado de menor, en lo que supone un incremento de 11,1% respecto al año anterior. Un total de 656 se registraron en Ceuta. Del conjunto, 241.903 correspondieron al primer progenitor, habitualmente la madre, y 282.811 al segundo progenitor, normalmente el padre. La duración media de las prestaciones activas por nacimiento y cuidado de menor en 2025 fue de 111 días de media, con apenas 3 días de diferencia entre hombres y mujeres. Un dato que se acerca a la corresponsabilidad, ya que el año anterior los hombres disfrutaban, de media, una semana menos.
El pasado mes de julio se mejoró la protección para progenitores y menores y el derecho a la conciliación familiar y laboral, con la ampliación en tres semanas del permiso de nacimiento y cuidado de menor, que pasó de 16 a 19 semanas, y hasta 32 semanas en el caso de las familias monoparentales.
En concreto, 17 semanas, de igual duración e intransferibles entre ambos progenitores, y 28, en el supuesto de familias monoparentales, podrán disfrutarse durante los primeros 12 meses del bebé, o, en el caso de adopción, guarda o acogimiento familiar, en el primer año, a partir de la resolución judicial o administrativa; en periodos semanales o de forma acumulada. Además, se añaden dos semanas adicionales de permiso para el cuidado del menor (cuatro en familias monoparentales), que podrán disfrutarse de forma flexible hasta que el hijo o hija cumpla 8 años.
Este derecho puede solicitarse retroactivamente para nacimientos a partir del 2 de agosto de 2024 y ya está disponible desde el 1 de enero de 2026. La solicitud puede presentarse con una antelación máxima de 15 días a la fecha de inicio del periodo de disfrute. La cuantía de estas prestaciones es equivalente al 100% de la base de cotización por contingencias comunes del mes inmediatamente anterior al mes previo de inicio del descanso.
El Instituto Nacional de la Seguridad Social, encargado del abono de la prestación, ofrece la posibilidad de solicitarla a través del portal Tu Seguridad Social. También es posible solicitar de forma telemática los periodos sucesivos de descanso si se opta por fraccionar el permiso..
Excedencias por cuidado de hijo/a, menor acogido o familiar
Por otro lado, el número de excedencias por cuidado de hijo/a, menor acogido o familiar dadas de alta en 2025 fue de 54.639 (48 en la ciudad autónoma, un 20% más que el año anterior), de las que 45.400 correspondieron a mujeres, el 83,1%, y 9.239 a hombres, lo que equivale al 16,9%.
Los trabajadores y trabajadoras pueden solicitar excedencia para atender a hijos/as o menores acogidos o para el cuidado de otros familiares. Los tres primeros años de excedencia para el cuidado de un hijo/a o menor acogido tienen la consideración de periodo de cotización efectiva a efectos de las prestaciones de la Seguridad Social por jubilación, incapacidad permanente, muerte y supervivencia, maternidad y paternidad. También se considera efectivamente cotizado, a efectos de esas prestaciones, el primer año de excedencia para el cuidado de otros familiares.