sábado. 20.04.2024

Modificaciones más importantes contempladas en la nueva  Orden con respecto a los territorios que entran en vigor desde la FASE 1 en adelante, son las siguientes:

1)    Desaparece la limitación que establecía que la práctica no profesional de cualquier deporte individual que no requiera contacto sólo se podrá realizar de manera individual. 

Por consiguiente, la práctica del tenis, que no requiere contacto físico entre los practicantes, se podrá empezar a practicar en la modalidad de dobles, y se permitirá la reanudación de las clases colectivas y escuelas en los clubes y centros deportivos, respetando el límite máximo de 10 personas por pista, así como las medidas de seguridad e higiene fijadas por las autoridades sanitarias ya conocidas, en especial la distancia mínima de seguridad de, al menos, dos metros en todo momento. 

Así pues, se podrán reanudar las clases colectivas en las escuelas de tenis, con ese ratio máximo de 10 jugadores por pista de tenis, siempre con la distancia de seguridad, sin contacto físico.
 

Fase 2: se podrá jugar partidos de tenis dobles
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